Aprobación de Acuerdo de Intercambio de Información Tributaria entre Panamá y Ecuador.
Mediante la Ley 508 de 2026, la Panamá aprobó el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno de la República del Ecuador para el Intercambio de Información en Materia Tributaria, suscrito el 14 de agosto de 2025 con la Ecuador. Este instrumento fortalece la cooperación fiscal entre ambos países, permitiendo a sus autoridades tributarias intercambiar información relevante para la administración y aplicación de sus leyes fiscales, incluyendo la recaudación de impuestos, el cobro de obligaciones tributarias y la investigación de posibles infracciones fiscales.
Alcance del acuerdo
El acuerdo establece mecanismos de asistencia administrativa mutua, que incluyen el intercambio de información que sea previsiblemente relevante para fines tributarios. Entre los principales aspectos destacan:
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Intercambio de información a solicitud, cuando una autoridad requiera datos para una investigación tributaria.
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Intercambio espontáneo o automático, cuando la información pueda ser relevante para la administración tributaria del otro Estado.
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Cooperación para la fiscalización y recaudación de impuestos, así como para la investigación de posibles delitos fiscales.
Impuestos comprendidos
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En Panamá, el acuerdo abarca todos los impuestos nacionales, con excepción de los tributos municipales o de subdivisiones políticas.
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En Ecuador, el acuerdo incluye el Impuesto sobre la Renta y otros tributos administrados por el Gobierno Central.
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Contexto del acuerdo
La firma y aprobación de este acuerdo forma parte de los esfuerzos de ambos países para fortalecer la transparencia fiscal internacional y combatir la evasión tributaria, además de mejorar las relaciones económicas y comerciales entre Panamá y Ecuador.
Asimismo, el convenio se concretó después de que Ecuador retirara a Panamá de su lista de jurisdicciones consideradas paraísos fiscales, lo que permitió normalizar las relaciones tributarias y eliminar medidas de retorsión previamente vigentes.
Importancia para las empresas
Para las empresas y contribuyentes con operaciones entre Panamá y Ecuador, este acuerdo implica:
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Mayor transparencia en las operaciones internacionales.
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Incremento en los mecanismos de cooperación entre administraciones tributarias.
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Posibles intercambios de información fiscal relacionados con estructuras corporativas, operaciones y obligaciones tributarias.
Esperemos que con esta ley, Panamá salga paulatinamente de listas negras en Ecuador y otros países sudamericanos que nos señalan como un país paraíso fiscal.

