NIIF PARA PYMES NUEVAS ACTUALIZACIONES

Autor: Mario Berguido. Socio de Auditoria

¿Qué es la NIIF para la PYMES?

La Norma Internacional de Información Financiera para las  Pequeñas y Medianas Entidades o (NIIF para las Pymes) es un estándar de aplicación internacional que surgió como respuesta viable,  para aplicar normas  internacionales en el proceso de  registro y revelación de las transacciones contables e información financiera para entidades que no estaban listadas como compañías públicas y no estaban obligadas a adoptar y aplicar las NIIF completas, de mayor complejidad, ya que estas en cambio, fueron diseñadas para facilitar su aplicación y reducir los requerimientos de información y revelación eliminando así temas complejos propios del sector de bursátil.

¿Cuántas ediciones se han publicado de la NIIF para las PYMES?:

El IASB, ha publicado tres ediciones de la NIIF para las PYMES.

La primera publicación salió en 2009 como un conjunto de normas contables simplificadas para entidades no obligadas a rendir información pública, la cual contaba de 35 secciones.

En 2015, se publicó una segunda edición revisada que incluía pocos cambios. La misma buscaba mejorar su aplicación basada en las experiencias y comentarios de su adopción global.

En 2025, tras jornadas extensas de consultas públicas y revisiones integrales, el IASB ha publicado una tercera edición incorporando mejoras significativas a esta norma. Esta nueva edición mantiene las 35 secciones de las anteriores ediciones, pero incorpora algunas modificaciones relevantes.

Esta actualización entrará en vigor para los períodos anuales que inicien el 1 de enero de 2027, sin embargo, se permite su adopción anticipada.

¿Qué entidades pueden utilizar o aplicar la NIIF para la PYMES?

Según lo indicado en la sección 1, parágrafos 1.1 y 1.2 esta norma, aplica a las pequeñas y medianas entidades que no tienen la obligación publica de rendir cuentas y publican estados financieros de propósito general para terceros externos. Los cuales podrían ser socios, prestamistas, acreedores, potenciales clientes, inversores o agencias de calificación crediticia.

¿Cuáles fueron las principales modificaciones incluidas en la tercera edición de la NIIF para la PYMES?

Entre los principales cambios realizados a esta tercera emisión de la NIIF para las PYMES podemos mencionar:

  • Sección 1: Se aclara el término “obligación publica de rendir cuentas” y da algunos ejemplos.
  • Sección 2: Amplía los conceptos y principios fundamentales del marco conceptual de las partidas de activos y pasivos, alineándolas a las al marco conceptual de las NIIF completas.
  • Sección 10 Se mejora o amplía la definición de estimación contable” y su distinción de los “cambios en políticas contables”.
  • Sección 11 se compilan y unifican los requerimientos de instrumentos financieros.

No se incorporó en esta sección el modelo de pérdida crediticia esperada señalada en la NIIF 9 de las NIIF completas, en su lugar, de acuerdo con esta sección se deberá presentar un análisis de antigüedad de los activos financieros.

Se incluyó en principio suplementario para la clasificación de los instrumentos de deuda basado en las características de los flujos de efectivo contractuales, basado en los principios de la NIIF 9 pero en forma simplificada.

  • Sección 12: Se alineó de acuerdo con lo indicado en la NIIF 13 sobre la medición del valor razonable.
  • Sección 19: Se incorporan simplificaciones relacionadas con las combinaciones de negocio y plusvalía alineadas con la NIIF 13.
  • Sección 21: Actualización de las guías para la medición de provisiones y pasivos contingentes.
  • Sección 23: Fue alineada con los principios de la NIIF 15 de Ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes y señala una guía para el reconocimiento de ingresos por contratos a largo plazo.
  • Sección 28: Amplía el requerimiento de información a revelar sobre los supuestos y metodologías utilizados en los planes de pensiones y otras prestaciones.
  • Sección 29: Incorpora algunos principios de la CINIIF 23 para sobre las incertidumbres frente al tratamiento de impuesto a las ganancias.
  • Sección 30: Incorpora requerimientos para aplicación de moneda y tipos de cambio.

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